Es de aclarar que la notificación luego de cinco días de publicada, es considerada como surtida, así mismo, por principio de Transparencia, la Fuerza Aeroespacial Colombiana, considera no eliminarlas, con el objetivo de que los interesados identifiquen que este procedimiento se realizó en los tiempos y términos de Ley.
En atención a su comunicación radicada el 09 de septiembre de 2025 bajo los registros internos No. FAC-E-2025-000247-WA y #FAC-E-2025-000244-WA, me permito agradecerle por expresar con respeto y sentido institucional sus inquietudes frente a la situación de algunos compañeros clasificados en Lista 4.
Por lo anterior me permito dar respuesta así: (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:Con toda atención me permito reiterar al señor Auxiliar de Servicio 12 (R) RAFAEL CRUZ OBANDO, la comunicación efectuada mediante radicado No. FAC-S-2025-013931-CE del 13
de junio de 2025 / MDN-COGFM-FAC-COFAC-JEMFA-CODEH-JERLA, en donde se le requirió, con el fin de efectuar el pago con ocasión a declaratoria como Deudor del Estado,
realizada mediante Resolución No. 00039 del 17-ENE-2025, por valor de NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M/CTE ($931.853,00). (VER DOCUMENTO ANEXO)
La Jefatura Tecnologías de la Información y Comunicaciones (JETIC), invita a todas las entidades públicas de cualquier orden, interesadas en la adquisición por enajenación a título gratuito, los siguientes bienes de propiedad de la Fuerza Aeroespacial Colombiana - JETIC (VER EL DOCUMENTO DE OFRECIMIENTO ENAJENACIÓN DE BIENES A TITULO GRATUITO)
Documentos anexos:En atención a la queja recibida a través de la Ventanilla Única Virtual, radicada bajo el No. FAC-E-2025-000262-WA del 30 de septiembre de 2025, mediante la cual se formulan
observaciones relacionadas con la calidad, cocción e higiene de los alimentos suministrados al personal de Alféreces y Cadetes de la Escuela Militar de Aviación “Marco Fidel Suárez”,
respetuosamente me permito manifestar lo siguiente: (VER DOCUMENTO ANEXO)
Me permito informar al señor Auxiliar de Servicio 12 (R) CRUZ OBANDO RAFAEL que, teniendo en cuenta la Resolución No. 000624 del 21 de julio de 2025, acto administrativo que
se encuentra en firme y debidamente ejecutoriado, en el cual se declaró como Deudor del Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional - Fuerza Aeroespacial Colombiana.... (VER SOLICITU EN DOCUMENTO ANEXO)
En atención del radicado del asunto por medio del cual se remitió queja anónima sin descripción de correo electrónico para recibir respuesta, en la cual se relacionan situaciones
que pudieran estar ocurriendo en el Casino Central de Oficiales FAC- CLOFA de acuerdo con actos de acoso laboral y uso irregular de los vehículos asignados a la sede. (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1º. de la Resolución No. 00701 del 06 de agosto de 2025, mediante la cual fue declarada deudora del Presupuesto del Ministerio de
Defensa Nacional - Fuerza Aeroespacial Colombiana, en calidad de beneficiaria del señor OE15. (R) BERNAL QUINTERO JULIO ANDRES (Q.E.P.D), por concepto de mayores valores
girados en gasto de personal sin asistirle derecho, la Fuerza Aeroespacial se permite informarle los mecanismos para el pago a la nación de los dineros que no le asiste con base en el ( DOCUMENTO ANEXO)
El Casino Central de Suboficiales FAC siguiendo su comunicación con asunto “Aspectos Financieros Nómina” y descripción “Sueldo demorado”, respetuosamente se permito informarle que la misma no cuenta con la información suficiente que permita a esta dependencia emitir una respuesta de fondo y de manera oportuna, por lo que nos permitimos solicitar la ampliación de acuerdo a documento anexo (VER DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En atención a la Queja radicada bajo No. E-2025-345648 del 12 de julio de 2025 y que a través de Auto de fecha 4 de agosto de 2025, proferido por la Procuraduría Delegada
Disciplinaria de Instrucción para la Fuerza Pública, se remite por competencia a la Inspección General de la Fuerza Aeroespacial Colombiana, la cual, mediante oficio N° FAC-S-2025-
163611-CI del 25 de agosto de 2025, puso en conocimiento a la Escuela Militar de Aviación “Marco Fidel Suárez”... (VER RESPUESTA COMPLETA EN DOCUMENTO ANEXO)
El Comando Aéreo de Combate No.3, invita a todas las entidades públicas de cualquier orden, interesadas en la adquisición por enajenación a título gratuito, los siguientes bienes de propiedad de la Fuerza Aeroespacial Colombiana - CACOM 3 (VER EL DOCUMENTO DE OFRECIMIENTO ENAJENACIÓN DE BIENES A TITULO GRATUITO CACOM 3)
Documentos anexos:La Escuela de Suboficiales de la Fuerza Aereoespacial Colombiana, se permite informar que ha recibido la petición anónima en la que manifiesta sus inquietudes respecto a la participación del personal civil en el evento programado para el próximo 27 de septiembre de 2025. Agradecemos que nos haya contactado y me permito ofrecer las siguientes aclaraciones para su total tranquilidad. (VER RESPUESTA COMPLETA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:El Comando Aéreo de Combate No.2, invita a todas las entidades públicas de cualquier orden, interesadas en la adquisición por enajenación a título gratuito, los siguientes bienes de propiedad de la Fuerza Aeroespacial Colombiana - CACOM 2 (VER EL DOCUMENTO DE OFRECIMIENTO ENAJENACIÓN DE BIENES A TITULO GRATUITO CACOM 2 )
Documentos anexos:ACTO ADMINISTRATIVO POR EL CUAL SE DECRETA EL DESISTIMIENTO TÁCITO Y ORDENA EL ARCHIVO DE LA PETICIÓN No. o. FAC-E-2025-000025-WA del 09 de febrero de 2025. En uso de las facultades legales y en especial la establecida en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 y teniendo en cuenta las siguientes ( VER DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:ACTO ADMINISTRATIVO POR EL CUAL SE DECRETA EL DESISTIMIENTO TÁCITO Y ORDENA EL ARCHIVO DE LA PETICIÓN No. FAC-E-2025-000200-WA del 05 de agosto de 2025. En uso de las facultades legales y en especial la establecida en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 y teniendo en cuenta las siguientes ( VER DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:ACTO ADMINISTRATIVO POR EL CUAL SE DECRETA EL DESISTIMIENTO TÁCITO Y ORDENA EL ARCHIVO DE LA PETICIÓN No. FAC-E-2025-000216-WA del 14 de agosto de 2025. En uso de las facultades legales y en especial la establecida en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 y teniendo en cuenta las siguientes ( VER DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En atención a la denuncia presentada de forma ANÓNIMA, a través del canal anticorrupción de la FAC, con fecha 09 de septiembre de 2025, radicada en la Sección estratégica Gestión Documental de esta Fuerza bajo N.º FAC-E-2025-023979-RE de fecha 09 de septiembre de 2025, en la cual señalan presuntos comportamientos tildados de abusos de poder,
irregularidades en abusos y bloqueos de la cultura física en la base, y propone garantía de práctica deportiva para toda la base. (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
ACTO ADMINISTRATIVO POR EL CUAL SE DECRETA EL DESISTIMIENTO TÁCITO Y ORDENA EL ARCHIVO DE LA PETICIÓN No. FAC-E-2025-000145-WA del 24 de junio de 2025 En uso de las facultades legales y en especial la establecida en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 y teniendo en cuenta las siguientes (VER DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:ACTO ADMINISTRATIVO POR EL CUAL SE DECRETA EL DESISTIMIENTO TÁCITO Y ORDENA EL ARCHIVO DE LA PETICIÓN No. FAC-E-2025-000052-WA del 05 de marzo de 2025. En uso de las facultades legales y en especial la establecida en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 y teniendo en cuenta las siguientes (VER DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:ACTO ADMINISTRATIVO POR EL CUAL SE DECRETA EL DESISTIMIENTO TÁCITO Y ORDENA EL ARCHIVO DE LA PETICIÓN No. FAC-E-2025-000016-WA del 01 de febrero de 2025. En uso de las facultades legales y en especial la establecida en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015 y teniendo en cuenta las siguientes (VER DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En atención de oficio No. FAC-S-2025-174362-CI del 8 de septiembre de 2025 / MDNCOGFM- FAC-COFAC-IGEFA, suscrito por el señor Mayor General Inspector General Fuerza
Aeroespacial Colombiana mediante el cual se remitió por competencia una “(…) denuncia allegada a través del correo anticorrupción de fecha 03 de septiembre de 2025, radicada en la Sección Estratégica Gestión Documental con N.º FAC-E-2025-023570-RE de fecha 05 de septiembre de 2025, enviada por competencia por la Procuraduría General de la Nación, por medio de la cual, se informa presuntas irregularidades con relación al derecho de un subsidio familiar, la Jefatura de Administración de Personal se permite dar respuesta .... (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
De manera respetuosa y de conformidad con la solicitud interpuesta por medio de la Ventanilla Virtual Única Virtual del Grupo Aéreo del Oriente, la cual fue radicada bajo el
número No. FAC-E-2025-000249-WA del 10 de septiembre de 2025, este Grupo se permite solicitar la ampliación a la denuncia en los términos expuestos en el documento anexo (VER DOCUMENTO ANEXO)
De manera respetuosa y de conformidad con la solicitud interpuesta por medio de la Ventanilla Virtual Única Virtual del Grupo Aéreo del Oriente, la cual fue radicada bajo el número No. FAC-E-2025-000248-WA del 09 de septiembre de 2025, por medio de la cual manifestó lo siguiente. (VER SOLICITUD EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En atención al radicado 2025RE180691, allegado a la Comisión Nacional del Servicio Civil y posteriormente remitido a la Fuerza Aeroespacial Colombiana, mediante radicado FAC-E2025-022932-RE del 01 de septiembre de 2025, con asunto "Denuncia por presuntos actos de corrupción", y conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 1755 de 2015 y las disposiciones aplicables del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la Jefatura de Administración de Personal se permite dar respuesta a su solicitud, considerando los siguientes aspectos: (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En atención al radicado FAC-E-2025-023497-RE del 4 de septiembre de 2025, con asunto "Queja" y conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 1755 de 2015 y las disposiciones aplicables del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la Jefatura de Administración de Personal se permite dar respuesta a su solicitud, considerando los siguientes aspectos:.. (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:El Comando Aéreo de Combate No.1, invita a todas las entidades públicas de cualquier orden, interesadas en la adquisición por enajenación a título gratuito, los siguientes bienes de propiedad de la Fuerza Aeroespacial Colombiana - CACOM 1 (VER EL DOCUMENTO DE OFRECIMIENTO ENAJENACIÓN DE BIENES A TITULO GRATUITO CACOM 1 )
Documentos anexos:En atención a su comunicación radicada el 08 de septiembre de 2025 bajo el registro interno No. FAC-E-2025-000243-WA, me permito agradecerle por expresar con respeto y sentido institucional sus inquietudes frente a la situación de algunos compañeros clasificados en la Lista 4.
Por lo anterior la Jefefatura de Administración de Personal se permite dar respuesta así.... (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En atención a lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA FLORENCIA- CAQUETÁ, de fecha (09) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), la Fuerza Aeroespacial Colombiana Pública lo ordenado... "INSÉRTESE la presente decisión como aviso al público en las páginas web de la FUERZA AEROESPACIAL COLOMBIANA (FAC) y COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC), a fin de notificar a los integrantes de la lista de elegibles para proveer seis (6)"... (VER SENTENCIA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos:En atención a los radicados números FAC-E-2025- 000236-WA, FAC-E-2025-000237-WA, FAC-E-2025-000238-WA, todas en contra del señor
Subteniente ORTEGA MONCADA NORBERTO JOSÉ, sin mencionar fechas ni hechos puntuales, el Comando Aéreo de Combate No. 5, se permite solicitar la amplición de la denuncia, aplicando criterios descritos en el documento anexo ( VER DOCUMENTOS ANEXOS)
El Grupo Aéreo del Casanare se permite solciitar la amplicación de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que sucedieron los presuntos
hechos que relaciona en su escrito, con el fin de estudiar y analizar la procedibilidad de la queja disciplinaria a la luz del inciso tercero del artículo 137 de la Ley 1862 de 2017, que al
tenor dispone: (VER SOLICIUTUD EN DOCUMENTO ANEXO)
En atención al oficio FAC-E-2025-000232-WA radicado en la ventanilla única de atención al usuario del Grupo Aéreo del Caribe (GACAR) el día 4 de septiembre de 2025. GACAR se permite indicar y orientar al señor quejoso de la siguiente manera.... (VER RESPUESTA EN DOCUMENTO ANEXO)
Documentos anexos: